Cuando se habla de la Justicia Penal, enseguida sale el mano dura que todos llevan dentro. Para hablar de Justicia, hay que sacarse de encima todo prejuicio. Intentémoslo por una vez. Prométame que no se va a enojar y que intentará leer el texto hasta el final.
Nuestro mayor problema, no pasa por el Código Penal, ni siquiera por el Código Procesal Penal.
Nuestro mayor problema es el negocio político que gira en torno a los mismos.El Código Penal y el de Procedimientos son bien distintos aunque parecidos. El primero lo dicta el Congreso Nacional y tiene alcance Federal. Lo que es delito en Posadas, también lo es en Trelew. El segundo, es dictado por las legislaturas provinciales y es el que organiza el modo mediante el cual se perseguirá, se reprimirá, se juzgará y se ejecutará la pena del acusado de cometer algún hecho reprimido por el Código Penal.
Tener esto en claro, es determinante, ya que
en cada Provincia hay normas procesales distintas, mientras que las penas a aplicar son las mismas en todos lados. Los delitos tienen penas mínimas y máximas y de acuerdo a las circunstancias del hecho que se esté juzgando, se aplicará el mínimo, el máximo o directamente se disculpará al imputado. Para dar un ejemplo más que claro, en la Ciudad de Buenos Aires se aplica el Código Procesal de la Nación (el mismo que aplican los Juzgados Federales) y en el mismo, para poder acceder a la excarcelación mientras se espera el juicio oral, el delito que se imputa tiene que tener una pena máxima menor a los 8 años, mientras que en la Provincia de Buenos Aires, el máximo de la pena baja a 6 años. Conclusión,
una persona que cometió un hecho que podría llegar a tener una pena de 8 años, en la Ciudad de Buenos Aires o en cualquier Juzgado Federal, puede ser pasible del beneficio de la excarcelación, mientras que en la Provincia, no.Al caerse el mito de que el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires es blando, hay que apuntar a otro lado para intentar comprender en qué esta fallando. Pues en todo.
Antes que nada hay que saber qué queremos para nuestra sociedad. Si queremos corregir a una persona que no puede vivir en comunidad, o simplemente queremos castigarlo tantas veces como sea necesario porque se portó mal. Ojo que esto es clave.
Las cárceles de la Argentina, principalmente las de la Provincia de Buenos Aires,
están saturadas de personas detenidas, no de presos. Preso es quien ya tuvo sentencia firme en un Juicio Oral y Público y se encuentra purgando una pena, que según la Constitución Nacional, tendría que ser resociabilizadora y no un mero castigo. Sin embargo, en los Penales nos encontramos con una estadística que da miedo:
más del 70% de los que residen en ellos no fueron sentenciados, se los presume inocentes hasta que se pueda comprobar lo contrario y están en convivencia con personas que si se encuentran presas, formalmente hablando.
Por otro lado,
al hablar de resociabilización, no podemos pasar por alto que
la misma no existe. No se fomenta el trabajo, no se les incita al estudio y, al convivir 5 personas en una celda para 2, se instiga al “sálvese quien pueda”, dónde la ley del más fuerte es la que predomina. Chicos de 18 años, que son detenidos por primera vez, comparten su espacio con personajes con un frondoso prontuario. Es un curso acelerado del delito. Por ello hay tanta reincidencia.
Y las leyes de mano dura, ya han demostrado acabadamente que no sirven para nada, porque no estudian el trasfondo real de la situación social. No voy a venir con las obviedades que se repiten habitualmente, respecto de la educación, el genuino empleo y todas esas cosas, por más que sean ciertas. No apunto a un plazo tan largo. Algo más cortito, como ser la búsqueda de la reinserción social. Y los dos obstáculos más grandes, vienen del Estado y de la Sociedad en su conjunto.
Del Estado surgen dos importantes fallas: Cárceles y Servicio Penitenciario. La primera pasa por
la falta de lugares destinados a la reinserción. Construir una cárcel, no capitaliza tanto a nivel política como inaugurar por decimoquinta vez la salita de primeros auxilios de Isidro Casanova. Nadie gasta plata en construir cárceles sanas y limpias como manda la Constitución Nacional.
El Servicio Penitenciario, tampoco ayuda mucho que digamos. Como ejemplo pongo el de un preso que vino una vez al Juzgado donde trabajaba con un pedido de Hábeas Corpus. El Prontuario era gigante. Dos cuerpos llenos de folios. Una sola sanción disciplinaria por no apagar la luz de noche. Se negó a firmar y por cada negativa, una nueva sanción. Ese chico, tuvo que cumplir toda la condena, pudiendo haber salido en libertad 2 años antes. Pero no se le concedía por su mala conducta carcelaria. Era su primer paso por la cárcel y estaba preso por robo. Supongo yo que con muchas ganas de ganarse amigos, no salió.
Y la Sociedad que mira con recelo a los que salen de la cárcel, entrando todos en un círculo vicioso que da miedo.
¿Usted tomaría como empleado a un hombre con antecedentes penales? ¿Y si el estado le pagara la mitad del sueldo como incentivo? Bueno, ese sistema se aplica en muchos países con un resultado más que favorable.
Y el Estado tendría que tomar un papel más protagónica en todo este entuerto. Hagamos una analogía. Si usted se enferma y va a un Hospital y a los 15 días, vuelve a caer enfermo, sale del Hospital y vuelve a caer enfermo y así sucesivamente, es natural que algo falla. Su salud no es de las mejores. Pero el Hospital tampoco ha dado en la tecla para curarlo. Si un hombre entra y sale de la cárcel cinco veces ¿Quién está fallando? Por dónde lo veamos, falla el Estado, porque no puede corregir a ese hombre, o porque no puede contenerlo o no sabe controlarlo.
El Patronato de Liberados –créanme que existe- no funciona,
por falta de presupuesto, siendo que es quien tendría que controlar la conducta de quienes salen de la cárcel.En la Provincia de Buenos Aires, hace unos 10 años, se modificó el Código Procesal Penal de manera profunda. El sistema anterior funcionaba del siguiente modo: el Juez era de Instrucción y Juicio y los mismos eran escritos. El Fiscal cumplía con su rol de Fiscalizar, (aunque parezca burda la redundancia más adelante se darán cuenta que mas ridícula es la denominación actual) y un Defensor Oficial que cumplía las mismas funciones que actualmente revisten. Las Fuerzas de Seguridad, tenían en su poder la facultad de tomar declaraciones testimoniales, si así lo ordenaba Su Señoría y llevaban la mayoría de los sumarios. Las ordenes las dictaba un Juez mediante oficios y las causas nunca salían de las sedes tribunalicias.
Por las cuestiones de siempre (entiéndase porque no importaba, porque creían que no era necesario o porque usaban la plata para otra cosa)
el sistema se fue quedando chico. Los Partidos del Conurbano crecieron a pasos agigantados y los funcionarios destinados a brindar la administración de la justicia seguían siendo la misma cantidad en número. Ni que hablar de las Comisarías.Para dar un ejemplo, en 1998 la Población del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, alcanzaba los 5 millones de habitantes. Ello es así porque el mismo abarca los partidos de Lomas de Zamora, Lanus, Avellaneda, Almirante Brown, Ezeiza y Esteban Echeverría. Y para tal gigante, solo había 14 Juzgados.
Ahora bien, en el Fuero de la Justicia Nacional, que tiene competencia en los delitos de la Ciudad de Buenos Aires y toda la Justicia Federal de la Argentina, también se estaba llegando a un colapso, dado que también se utilizaba el mismo sistema.Más allá del cúmulo de tareas, en ambos casos, nos encontrábamos ante la parcialidad que generaba que la misma persona que juntaba la prueba en contra de un sujeto era quien también le dictaba la sentencia. Pues bien, en el Ámbito Nacional, se produjo una reforma judicial en el año 1991, instaurando la oralidad, o sea, un Tribunal que leía la causa como si fuera un cuentito, con la supuesta objetividad que da no haber investigado el hecho. Además se duplicaron la cantidad de Juzgados de Instrucción en la Ciudad de Buenos Aires y los Juzgado Federales del Interior.
La Provincia de Buenos Aires ante idéntica situación, le dio la investigación de los procedimientos judiciales a los Fiscales, los jueces son de Garantías, por lo cual “Fiscalizan” la instrucción del Fiscal: deteniendo, allanando, procesando y elevando a juicio lo que el fiscal haya investigado. Si el fiscal se equivocó, el Juez no se enteró y no tiene arreglo.
Además, también pusieron Tribunales Orales, pero lo que viene mal instruido de fojas cero, no puede ser arreglado en un Juicio, de allí la increíble cantidad de causas en las que no se puede seguir adelante por fallas en la instrucción. En el medio, el detenido que se resiente aún más. Ni que hablar si no resulta ser el autor del hecho. Quien investiga es el que toma las indagatorias, con lo cual, la búsqueda de imparcialidad da por tierra desde el vamos. Con este sistema lo único que se hizo fue legalizar la figura de Juez y Parte.
Lo más problemático del sistema es que para ser Fiscal se necesitan menos años de Experiencia que para ser Juez, porque esas condiciones no las modificaron. De 14 Juzgados de Instrucción y 4 Fiscalías en Lomas de Zamora, se pasaron a 5 Juzgados de Garantías y 10 Fiscalías de Instrucción. Recién dos años después se dieron cuenta del desfasaje y agregaron 5 fiscalías más, pero ya era tarde, en el 2004 agregaron 5 Fiscalías y 2 Juzgados más. Ahora van por las descentralizadas, que significa un gasto increíble de presupuesto en nombramientos de fiscales (2 por fiscalía) Instructores (2 por Fiscalía) Secretarios (1 por Fiscalía) y tan solo 2 empleados por Fiscalía en promedio.
Si le suma que se crearon 2 fiscalías por partido, con sus respectivas 2 defensorías y que los Juzgados seguirán en el Edificio Central, a uno no le queda otra que pensar que esto es absolutamente inservible. También crearon la figura de “Ayudante Fiscal” que es un tipo que cobra como fiscal, firma como fiscal, pero no es fiscal. Este embrollo que no parece ser muy lógico, fue copiado en parte a Suiza. Compare ahora el tamaño del territorio de la Provincia de Buenos Aires con el de Suiza. Nunca se dieron cuenta que la Provincia de Buenos Aires dista mucho de las condiciones de vida de Suiza como para aplicar un sistema que encima fue mal copiado.
Proximamente, me daré al abordaje de las reformas del Código Penal en función de la creación de nuevos delitos y la llamada
"Inflación Penal".